
La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que corresponden a los padres respecto a la persona y bienes de sus hijos menores de edad no emancipados, o de los hijos incapaces sujetos a patria potestad prorrogada. Su finalidad es garantizar la asistencia, cuidado, educación y formación de los hijos.
Están bajo patria potestad los hijos menores de edad y los hijos incapaces que no pueden regir su persona y bienes. Por ley, la ejercen los progenitores. Si existe un solo progenitor, la ostentará en exclusiva.
No. La patria potestad es irrenunciable, intransmisible e imprescriptible. Ningún progenitor puede liberarse de sus obligaciones por voluntad propia.
Por regla general, debe ejercerse conjuntamente por ambos progenitores. No obstante:
Si surge un conflicto en el ejercicio de la patria potestad, cualquiera de los progenitores puede acudir al juez. El juez escuchará a ambos y también al hijo si es mayor de 12 años o tiene suficiente madurez, y resolverá en beneficio del menor.
En casos graves, los padres pueden ser privados de la patria potestad. Esto ocurre cuando existe un incumplimiento grave y reiterado de los deberes, que perjudique de forma seria al hijo. Ejemplos:
La patria potestad no es solo un derecho, sino una responsabilidad legal y moral de los padres. Su correcta aplicación busca siempre proteger el interés superior del menor, garantizando su cuidado, educación y bienestar.