Pensión compensatoria

La pensión compensatoria es una medida prevista en el Código Civil que tiene como finalidad proteger al cónyuge que queda en situación de desequilibrio económico tras una separación, nulidad o divorcio. A diferencia de la pensión de alimentos, no está destinada a cubrir necesidades básicas, sino a compensar la pérdida económica derivada de la ruptura matrimonial.

¿Cuándo se concede la pensión compensatoria?

Para que un juez conceda esta pensión, deben cumplirse ciertos requisitos legales:

  • Que exista un desequilibrio económico claro entre los cónyuges tras la ruptura.
  • Que ese desequilibrio implique un empeoramiento de la posición económica de uno respecto al otro.
  • Que se solicite de forma expresa durante el procedimiento de divorcio o separación.

El objetivo es compensar la situación desventajosa del cónyuge afectado, equilibrando las consecuencias económicas de la ruptura matrimonial.

Características de la pensión compensatoria

  • No tiene carácter alimenticio: no está destinada a cubrir necesidades básicas, sino a compensar el desequilibrio.
  • No siempre es indefinida: suele fijarse por un período de tiempo concreto.
  • Se adapta a cada caso: su cuantía y duración dependen de las circunstancias personales y económicas de los cónyuges.

Factores que determinan la pensión compensatoria

El juez tiene en cuenta distintos aspectos para fijar la pensión compensatoria:

  • La edad y estado de salud del cónyuge solicitante.
  • La formación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral.
  • La dedicación pasada y futura a la familia.
  • La colaboración con las actividades profesionales del otro cónyuge.
  • La duración del matrimonio y del régimen de convivencia.
  • Los medios económicos y patrimoniales de ambos.

Duración de la pensión compensatoria

La pensión puede ser:

  • Temporal: con una duración determinada, pensada para que el cónyuge afectado pueda incorporarse al mercado laboral o estabilizar su situación económica.
  • Indefinida: cuando el desequilibrio es permanente y no es previsible que el cónyuge pueda superar esa situación.
  • Única: en forma de pago único o de adjudicación de bienes, en lugar de una pensión periódica.

¿Cómo se fija la pensión compensatoria?

Existen dos vías principales:

  • Por convenio regulador: en divorcios de mutuo acuerdo, los cónyuges pueden pactar la cuantía y duración de la pensión, siempre que el juez lo apruebe.
  • Por resolución judicial: si no hay acuerdo, será el juez quien determine la existencia, cuantía y duración de la pensión.

Modificación y extinción de la pensión compensatoria

La pensión no es inmutable. Puede modificarse o extinguirse si cambian las circunstancias:

  • Extinción: por nuevo matrimonio del beneficiario, convivencia con otra persona, o desaparición del desequilibrio económico.
  • Modificación: si se produce un cambio sustancial en la situación económica de cualquiera de los cónyuges.

De hecho, la modificación de la pensión compensatoria es un tema recurrente en los tribunales.

Importancia del asesoramiento legal

Dado que la pensión compensatoria afecta directamente a la estabilidad económica tras el divorcio, es fundamental contar con abogados especialistas en derecho de familia. Un buen asesoramiento permite:

  • Valorar si procede solicitar la pensión.
  • Negociar condiciones más favorables en el convenio regulador.
  • Impugnar o solicitar la modificación de la pensión en caso de cambios significativos.

La pensión compensatoria busca equilibrar las consecuencias económicas que puede generar un divorcio o separación. No es automática, sino que depende de las circunstancias de cada caso. Su correcta solicitud, negociación o impugnación requiere un conocimiento profundo del derecho de familia y de la jurisprudencia aplicable.

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